5 Claves sobre la nueva Ley de Autónomos

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5 Claves sobre la nueva Ley de Autónomos

Parece que, poco a poco, los trabajadores autónomos van ganando terreno a la hora de hacer valer sus derechos.

El pasado jueves día 29 de Junio de 2017, la Comisión de Empleo y Seguridad Social del Congreso aprobó la nueva Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo. Esta ley recoge más de 20 medidas de actuación para la mejora de la situación de los emprendedores.

En el post de hoy, haremos un resumen de los cambios más importantes propuestos y de cómo afectan al autónomo en cada ámbito.

Ayuda al emprendimiento, más derechos y mayor conciliación familiar.

Fiscalidad y Cargas Económicas

  • Cotización: los autónomos podrán cambiar hasta cuatro veces al año su base de cotización para adecuarla a sus ingresos.
  • Bajas: se permitirán hacer tres altas y tres bajas al año para que los autónomos solo tengan que pagar en las épocas en las que desarrollen su actividad.
  • Retrasos: las penalizaciones que se aplican a los autónomos cuando ocurre un retraso en el pago de cuotas, se reducen a la mitad. Con la nueva ley, de producirse un retraso durante el primer mes, el recargo pasaría del 20% al 10%.
  • Pluriactividad: el exceso de cotización de las personas en pluriactividad se devolverá sin que éstas tengan que solicitar su devolución expresamente.
  • Fiscalidad: se permitirá que los autónomos puedan deducirse un 20% de los gastos de suministros de agua, luz, electricidad y telefonía siempre que trabajen desde su casa. En el caso de las dietas y manutención, se podrán deducir hasta 26,67 euros al día (48,08 euros si es en el extranjero), siempre que el pago se realice a través de medios telemáticos para que pueda acreditarse debidamente que el gasto lo realiza el propio autómono y no otra persona.
Nueva Ley de Autónomos. Falta mucho, pero un pasito más cerca.
Nueva Ley de Autónomos. Falta mucho, pero un pasito más cerca.

Ayudas al Emprendimiento y Re-Emprendimiento

  • Tarifa plana: Hasta ahora, los nuevos autónomos podían beneficiarse de la tarifa plana de 50 euros durante los primeros 6 meses. Con la nueva ley esta tarifa se amplía a un año completo.
  • Volver a emprender: Así mismo, se podrá re-emprender beneficiándose de esta misma tarifa 2 años después de haber cesado la actividad (antes había que esperar hasta cinco años para poder hacerlo).

Beneficios a colectivos concretos

  • Mujeres: tras la baja por maternidad, adopción, guarda, acogida o tutela, las mujeres que retomen su actividad podrán disfrutar de una tarifa de cotización de 50 euros al mes durante el primer año. En caso de tener otras bases de cotización, podrán obtener una bonificación del 80% sobre la cuota por contingencias comunes.
  • Discapacitados: se plantea una mejora considerable de las condiciones de las personas con discapacidad a la hora de emprender. En este sentido se incluye también la posibilidad de que los autónomos puedan contratar a sus hijos con discapacidad.
Más derechos para la mujer emprendedora y discapacitados
Más derechos para la mujer emprendedora y discapacitados

Más derechos

  • Pensión: El trabajo y el cobro del 100% de la pensión serán compatibles siempre que el autónomo tenga contratado, como mínimo, a otro trabajador por cuenta ajena.
  • Accidentes in itinerela cobertura de las contingencias profesionales para los accidentes durante desplazamientos, idas o vueltas al trabajo se amplía.
  • Formación: esto mismo ocurre en referencia a los programas de formación, que será adaptada a las necesidades reales del autónomo, a fin de mejorar su consolidación empresarial y competitividad.

Conciliación familiar

  • Bonificaciones: Durante el descanso por paternidad, maternidad, adopción, etc, habrá una bonificación del 100% de la cotización a la Seguridad Social. Asimismo, la edad del menor cuyo cuidado da derecho a bonificaciones por conciliación, se eleva de 7 a 12 años.
  • Exenciones: serán del 100% de la cuota de autónomos durante 12 meses por cuidado de menores o dependientes.

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Una vez revisadas las medidas más atractivas, respondamos a ciertas preguntas clave que, como emprendedor, querrás resolver…

¿Cuándo entrará en vigor esta ley?

Lo más probable es que, tras la pertinente ratificación en el Congreso, las medidas entren en vigor entre septiembre de este año y enero de 2018.

¿Qué tipo de autónomos podrán beneficiarse?

En principio todos. Tan solo la medida relativa al cobro del 100% de la pensión va dirigida a un colectivo de autónomos concreto: a los que tengan empleados.

***

Nueva Ley de Autónomos - Cierto respiro al final del túnel
Cierto respiro al final del túnel

Esperemos pues que este sea el primer paso de muchos otros que ayuden al emprendedor/a a hacer valer su importancia en la sociedad.

El papel de los autónomos es clave para la economía nacional y por ello, es esencial que se tengan en cuenta sus necesidades. Hasta la fecha han sido los grandes olvidados. Ya va siendo hora de que esta situación cambie.

Por ello, desde Chipweb mandamos mucho ánimo a todos los emprendedores. No en vano, uno de nuestros principales objetivos es hacer uso de nuestros servicios para potenciar y ayudar a desarrollar vuestros proyectos. ¡A por todas!, no olvidéis que sois la locomotora de este tren llamado economía…

 

Fuente: Ministerio de Empleo

 

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Lolo Marchal

Implementador y gestor de proyectos WordPress + WooCommerce.

2 comentarios

  1. Hola

    Tengo una pregunta.

    Yo estuve dado de alta como Autónomo SOLO el mes de enero, y me di de baja porque mi trabajo en ese momento no tenía actividad.
    Ahora en septiembre, he de volver a darme de alta.
    Entraría en esa modificación de poder darme de alta y de baja tres veces al año por NO productividad o actividad de mi empresa/negocio?
    O por el contrario por un mes al año tengo que pagar el 100%??

    1. Hola, Carlos. Gracias por tu comentario.

      Lamentablemente, nos tememos que la modificación de este artículo no está en vigor aún. Además, para la consulta que nos haces, es mejor que asistas a un experto en la materia: un asesor o gestor, ya que, de momento en ChipWeb no disponemos de ese servicio.

      Si no sabes a quién consultar, podemos recomendarte alguno.

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